sábado, 17 de noviembre de 2012

Sobre qué trata el proyecto de modificación del mercado de capitales


Con el objetivo de intentar corregir los problemas vigentes, de impulsar el desarrollo del mercado local, alinearse con los requerimientos que, en materia de regulación, exigen los organismos internacionales y posibilitar el desarrollo de un mercado de capitales amplio y moderno en pos de transformarlo en un canal fundamental para el desarrollo económico y el crecimiento del país el Gobierno Nacional anunció que enviará al Congreso Nacional un proyecto de ley de reforma del mercado de capitales.
Este proyecto tiene como uno de sus objetivos centrales eliminar la autorregulación de los mercados capitales y estipula que los intermediarios, agentes y sociedades de bolsa que actualmente se registran en los mercados de valores, mercados de futuros y mercado abierto electrónico S.A., deberán estar registrados directamente en la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Al mismo tiempo, dado que el crecimiento económico de un país requiere contar con un sistema financiero eficiente, profundo y desarrollado, que permita canalizar el ahorro de la población hacia distintos proyectos públicos y privados de una manera ágil y sostenida, tendría facultades para crear y autorizar nuevos instrumentos dentro del mercado de capitales, que permitan captar fondos provenientes del ahorro del público, en particular de inversores minoristas, y orientarlos al desarrollo de las Pymes, la construcción de vivienda, proyectos de infraestructura, y, en general, a proyectos que sean clave para el desarrollo de la economía nacional.
A los efectos de lograr una mayor llegada a nuevos inversores en este proyecto de ley se plantea la implementación de nuevos canales de distribución, con el objeto de aprovechar las estructuras de distribución minoristas disponibles en todo el territorio Nacional, para lograr el ofrecimiento masivo de los valores negociables permitiendo que todos los sectores accedan a los mismos. Por otra parte, a partir de esta iniciativa, la C.N.V. tendría facultades de registro, supervisión, regulación, inspección, fiscalización y sanción respecto de los mercados y de los intermediarios, eliminándose la obligación de que estos últimos sean accionistas de los mercados donde actúan, posibilitando una mayor participación en los mismos.
Del mismo modo, se propone la simplificación de los trámites de los emisores ya que será suficiente la autorización de oferta pública otorgada por la CNV para que sus valores negociables puedan negociarse en los distintos mercados no siendo necesaria la solicitud de autorización de cotización de los mismos.
Además, se levantan los secretos entre Organismos reguladores, permitiendo a los mismos compartir la información obtenida en sus actividades de fiscalización. Se termina con ello la absurda contradicción vigente respecto a que la CNV puede compartir información con reguladores de otros países pero no con el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o con la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
En este mismo sentido, la CNV contará con nuevas facultades para definir los requisitos de actuación de las entidades que decidan brindar el servicio de calificación de riesgo. Así se fijarán las obligaciones de información que deban presentar y los requerimientos de idoneidad de quienes intervengan en los respectivos consejos de calificación.
Con esta Ley, el Estado tendrá facultades para crear y autorizar nuevos instrumentos dentro del mercado de capitales, que permitan captar fondos provenientes del ahorro del público, en particular de inversores minoristas, y orientarlos al desarrollo de las Pymes, la construcción de vivienda, proyectos de infraestructura, y, en general, a proyectos que sean clave para el desarrollo de la economía nacional.
Asimismo, se propicia el avance tecnológico en las negociaciones facultando a la CNV para requerir la interconexión de los sistemas de negociación de valores negociables, con el objetivo que los inversores tengan acceso desde sus pantallas a toda la oferta de productos del mercado de capitales, y que sus órdenes de compra o de venta consigan el mejor precio disponible.
A los efectos de una mayor llegada a los inversores se postula la implementación de nuevos canales de distribución, con el objeto de aprovechar las estructuras de distribución minoristas disponibles en todo el territorio Nacional, para lograr el ofrecimiento masivo de los valores negociables permitiendo que todos los sectores accedan a los mismos.

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